RESPUESTA DIRECTA
¿Qué significa esta carta o aviso?
La Carta 525 generalmente se envía después de una auditoría cuando el IRS propone cambios en una declaración. El paquete suele incluir un informe, como el Formulario 4549, y una oportunidad para aceptar los cambios o solicitar una revisión ante la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS.
La fecha y las instrucciones impresas en su carta o en su aviso siempre prevalecen.
Esta carta establece un plazo crítico y, por lo general, concede 30 días para responder. Use la fecha y las instrucciones exactas impresas en su Carta 525; una conversación con el examinador no extiende automáticamente el plazo.
Cómo revisar su carta o aviso paso a paso
- Reúna la carta, el informe de auditoría y los anexos, y anote la fecha límite de respuesta.
- Revise el cálculo de cada ajuste y relaciónelo con la declaración y los documentos entregados.
- Si está de acuerdo, revise cuidadosamente el cálculo y el contenido del documento antes de firmarlo.
- Si está en desacuerdo, prepare una respuesta o protesta que aborde cada ajuste por separado.
- Envíe la solicitud a la oficina que emitió la carta, no directamente a Apelaciones, salvo instrucción distinta.
Documentos que conviene reunir primero
- La Carta 525 completa y el comprobante de entrega
- El Formulario 4549 u otro informe de auditoría
- La declaración presentada, las declaraciones enmendadas y las elecciones tributarias
- Solicitudes de documentos y documentos ya presentados
- Comunicaciones del examinador y documentación de respaldo para cada partida en disputa
No envíe cartas ni avisos, declaraciones, transcripciones, datos bancarios, documentos de identidad, números de Seguro Social ni números de identificación del empleador (EIN) mediante el formulario público. Si decide contratar nuestros servicios, le pediremos los archivos necesarios a través del portal seguro.
Cuándo puede ser útil una revisión profesional
Una revisión profesional puede ayudarle a organizar la información y los documentos, comparar la carta o el aviso con la declaración y preparar los cálculos o la documentación necesarios. Sin embargo, ningún profesional puede garantizar que el IRS acepte el criterio planteado, reduzca una multa, apruebe un plan de pagos o emita una decisión favorable.
Evite estos riesgos comunes
- No envíe una solicitud directamente a Apelaciones cuando la carta indica usar la oficina emisora.
- No firme un acuerdo sin entender cada cambio.
- No dé por sentado que el envío de documentos adicionales o las conversaciones con el IRS prorrogaron el plazo.
Aviso de información general
Esta guía ofrece información general y no constituye asesoría tributaria ni legal. Las opciones disponibles dependen de la carta o el aviso, el período tributario, la etapa del procedimiento, su situación particular y la ley vigente. Enviar una solicitud por este sitio web no crea una relación profesional con Tavella CPA Group.
Si se acerca una fecha límite, use los datos de contacto que aparecen en la carta o el aviso, o busque de inmediato la ayuda de un profesional autorizado. No espere una respuesta del sitio web.
Fuentes oficiales
Verifique la página vigente del IRS y las instrucciones impresas en su propio aviso antes de actuar. Cuando la fuente específica no está disponible en español, indicamos que está en inglés. El Servicio del Defensor del Contribuyente (TAS) es una organización independiente dentro del IRS. Según el IRS, la versión en inglés de la información publicada por el gobierno federal es la versión oficial.
- Servicio del Defensor del Contribuyente: Carta 525
- IRS: Letters and notices offering an appeal opportunity (en inglés)
- IRS Publication 556: Examination of Returns, Appeal Rights, and Claims for Refund (en inglés)
- IRS: Cómo entender su carta o aviso del IRS
Fuentes revisadas el 26 de julio de 2026.
